Encuentra información complementaria acerca de FATCA, CRS, Residencia Fiscal y los formatos de Auto-certificación de Residencia Fiscal para personas naturales y personas jurídicas.
Es la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA, por sus siglas en inglés), promulgada en los Estados Unidos de América en marzo del 2010. Fue creada con el fin de identificar y reportar a los ciudadanos y residentes de Estados Unidos que tengan cuentas vinculadas a entidades financieras extranjeras.
Es el Estándar Común de Reporte (Common Reporting Estándar) creado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) con el fin de solicitar a los países pertenecientes, el intercambio de información tributaria de las instituciones financieras.
Bajo el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD), este reporte permite intercambiar información financiera de cuentas mantenidas (depósitos electrónicos ordinarios) en jurisdicciones asociadas, de personas tanto naturales como jurídicas que tengan obligaciones fiscales de cualquier jurisdicción distinta a Colombia y los Estados Unidos.
FATCA
CRS
Importante: Si cumples con los requisitos mencionados aquí debes diligenciar y enviarnos a [email protected] el Formulario de Autocertificación Residencial Fiscal DING de personas naturales, el cual puedes descargar a continuación:
FATCA
CRS
Importante: Si cumples con los requisitos mencionados aquí debes diligenciar y enviarnos a [email protected] el Formulario de Autocertificación Residencial Fiscal DING de personas naturales, el cual puedes descargar el cual puedes descargar a continuación:
No, porque Colombia ha firmado un acuerdo intergubernamental IGA por sus siglas en ingles con los EE. UU. en torno a FATCA, por esta razón el reporte a las autoridades será un requerimiento legal.
EL IGA (Acuerdo Intergubernamental), es un acuerdo firmado entre dos países, en este caso específico entre Colombia y los Estados Unidos de Norteamérica donde se establecen las reglas y condiciones con el fin de poder efectuar un intercambio tributario.
La OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) ha publicado una guía práctica en su sitio web en la que se resumen las reglas de residencia fiscal aplicables en las Jurisdicciones que se comprometen a intercambiar automáticamente información en el marco de CRS.
https://www.oecd.org/tax/automatic-exchange/crs-Implementation-and-assistance/tax-residency/
Con la información suministrada por sus clientes, Identifica y clasifica a los clientes persona natural o jurídica, que sean ciudadanos y/o responsables fiscales de EE. UU. para efectos de FATCA, y residentes fiscales de otros países diferentes a Colombia, para efectos de CRS y posteriormente reportar su información a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
A todos los clientes Personas Naturales y Personas Jurídicas que presenten indicios confirmados o no desvirtuados de ser personas de Estados Unidos (para efectos de FATCA) o residentes para propósitos fiscales de una jurisdicción diferente a Colombia (para efectos de CRS), sean clientes nuevos o antiguos.
La DIAN exige a las instituciones financieras informar con periodicidad anual de los clientes que no actualicen sus datos y que además presenten indicios confirmados o no desvirtuados de ser ciudadanos y/o responsables fiscales en una jurisdicción diferente a Colombia o a Estados Unidos.
Si eliges no contestar a nuestra solicitud de información para permitirnos determinar tu condición tributaria, las acciones a seguir se ajustarán a la normativa legal y a las regulaciones bancarias y tributarias aplicables.
Debido a que Colombia tiene un acuerdo intergubernamental IGA por sus siglas en ingles con los EE. UU. en torno a FATCA, la legislación local nos requerirá que tratemos tus depósitos electrónicos ordinarios como sujetos a ser reportados.
IMPORTANTE: El contenido aquí indicado, es una publicación para proporcionar a los consumidores financieros información precisa y adecuada en relación con la Ley FATCA (Carta Circular No. 62 de 2013 de la Superintendencia Financiera de Colombia). Dicha información está sujeta a cambios normativos en Colombia y en Estados Unidos, como también a cambios de interpretación de las normas colombianas o extranjeras por parte de las autoridades, o de las entidades financieras en ambos países. Esta información no pretende brindar asesoría o formular recomendaciones en relación con FATCA, motivo por el cual se sugiere, en caso de considerarse necesario, contactar a un profesional especializado. Para mayor información al respecto, puedes consultar en https://www.irs.gov/es/spanish
Si tienes preguntas o inquietudes:
Sobre Residencia Fiscal en otro país, te sugerimos que consultes a un asesor fiscal profesional.
Acerca del intercambio automático de información con fines fiscales, puedes consultar http://www.oecd.org/
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