Reglamento de depósitos electrónicos

Artículo 1. ASPECTOS PRELIMINARES

Las disposiciones contenidas en el presente reglamento regulan la relación jurídica-comercial que se origina entre Ding S.A (“Ding”), y EL CLIENTE, en virtud de la celebración del contrato mercantil de depósito que se desarrollará a través de medios electrónicos o físicos (en adelante, el “Depósito Electrónico” o el “Producto”), al cual se le aplicarán las normas pertinentes y se regirá por las disposiciones legales vigentes y aquellas especiales establecidas por el siguiente clausulado (en adelante, el “Reglamento”).

 

El Depósito Electrónico es un contrato de depósito exigible a la vista, semejable (?) a la cuenta de ahorros y corriente. El Depósito Electrónico Transaccional es……

 

En el Depósito de Dinero Electrónico no se permite retirar en efectivo el total o parte del saldo disponible, mientras que en el Depósito de Dinero Transaccional sí existe dicha posibilidad. Los dos tipos de depósitos se constituyen en Ding y se ofrecen a personas naturales o jurídicas.

 

Para facilitar la comprensión del presente Reglamento en el Artículo 2 se encuentran las Disposiciones Generales aplicables a los Depósito Electrónicos; en la Sección II.2, las reglas sobre Operaciones autorizadas y en la Sección III.3 las reglas sobre los Canales de Acceso que se pueden usar para cada tipo de producto y la modalidad de apertura y activación, los cuales son: Trámite Simplificado (Artículo 3) o Trámite Ordinario (Artículo 4), según sea el caso.

 

EL CLIENTE declara que Ding ha puesto a su disposición el Reglamento que se le ha advertido puede consultar en la página web [www.ding.co][1], así como también ha conocido los requisitos de vinculación y las tarifas asociadas al Producto, reglamento que ha sido aceptado por EL CLIENTE, en virtud de la apertura del Depósito Electrónico, a través de los canales de atención dispuestos por Ding para tal fin.

Artículo 2. DISPOSICIONES GENERALES A LOS DEPÓSITOS ELECTRÓNICOS

Serán aplicables a todos los Depósitos Electrónicos constituidos en Ding

Sección 2.1 Apertura

La apertura y activación del Producto se podrá realizar a través de la aplicación móvil de Ding denominada “[•][2]”, la cual podrá ser descargada desde la APP Store para equipos con sistema IOS o desde Google Play para equipos con sistema Android, o a través de la página web de Ding [www.ding.co][3], o de forma presencial, para aquellos clientes definidos o informados (?)  por Ding, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Reglamento o en aquellos publicados en la página web de Ding, teniendo en cuenta la modalidad de apertura del respectivo Depósito Electrónico (Simplificado u Ordinario) y el tipo de Producto a adquirir (Depósito de Dinero Electrónico o Depósito Electrónico Transaccional).

PARÁGRAFO. – El Depósito Electrónico es de naturaleza individual, por lo que sólo una persona (natural o jurídica) podrá estar vinculada a un Depósito Electrónico. No se admitirán Depósitos Electrónicos conjuntos ni alternativos. Una persona (natural) solamente puede tener un (1) Depósito electrónico de trámite simplificado en Ding, pero tener cuantos depósitos electrónicos de trámite ordinario requiera. Las personas jurídicas solamente pueden acceder al depósito electrónico de trámite ordinario, y pueden tener uno o varios en Ding.

Sección 2.2 Operaciones Autorizadas

Las transacciones u operaciones que EL CLIENTE puede realizar en su Depósito de Dinero Electrónico o Deposito Electrónico Transaccional o con los recursos en ellos disponibles, son aquellas definidas por Ding, las cuales son informadas y se encuentran a disposición de EL CLIENTE en [www.ding.co][4]

EL CLIENTE podrá, realizar las siguientes operaciones que fueron definidas y explicadas previamente por Ding (1) recibir la transferencia de recursos de cuentas de ahorros o cuentas corrientes; (2) realizar transferencias de recursos a otros Depósitos Electrónicos; (3) realizar pagos de servicios públicos o privados; (4) realizar retiros (sólo para Depósitos de Dinero Electrónico) y consignaciones a través de los canales autorizados por Ding; (5) realizar y recibir giros de dinero; (6) consultar saldos, solicitar extractos o certificaciones relacionados con el Producto; (7) realizar consultas sobre movimientos y novedades del Producto; (8) obtener certificaciones; y (9) las demás que defina Ding.

Sección 2.3 Canales de Acceso

Para hacer las operaciones o transacciones, en o desde el Depósito de Dinero Electrónico y el Deposito Electrónico Transaccional, EL CLIENTEpodrá utilizar los siguientes canales: página web [www.ding.co][5], banca móvil, Call Center, corresponsales bancarios (Aplica para consignaciones) y POS.

PARAGRAFO: Con excepción de los POS, la página web y la banca móvil, EL CLIENTE podrá hacer retiros en efectivo del total o parte del saldo disponible en su Depósito de Dinero Electrónico, a través de los cajeros automáticos y corresponsales bancarios informados por Ding. Por lo tanto, EL CLIENTEno podrá hacer transacciones en cajeros automáticos de establecimientos bancarios o de otras redes diferentes a los que hacen parte de la red de cajeros de Ding.

Sección 2.4 Instrumentos de Uso:

Los Depósitos Electrónicos estarán asociados a un dispositivo móvil, o una tarjeta debito física o electrónica, sin perjuicio de la posibilidad de hacer transacciones a través de la página web [www.ding.co][6]

Sección 2.5 Uso de la Clave Secreta:

El uso del Producto exige el ingreso de una clave secreta de seis dígitos que son definidos por EL CLIENTE, quien podrá cambiar la clave cuantas veces lo desee. Esa clave únicamente la conoce EL CLIENTE y es la que permite la ejecución de transacciones desde la aplicación móvil o a través de los distintos medios electrónicos disponibles de Ding.

Ding también podrá establecer como mecanismo de seguridad para el ingreso y manejo del Producto los datos biométricos del CLIENTE, tal como la huella dactilar o reconocimiento facial, entre otros mecanismos de seguridad biométrica. Lo anterior, solo aplica en aquellos dispositivos móviles que cuenten con las características técnicas compatibles con estos mecanismos de seguridad.

PARÁGRAFO PRIMERO. – Ding podrá exigir el ingreso de una clave adicional para la aprobación de determinadas transacciones. Esta clave adicional será asignada e informada a EL CLIENTE de forma automática por el sistema y tendrá carácter de provisional (OTP – one time password), lo cual significa que sólo se podrá utilizar para una sola transacción y por un tiempo específico.

PARÁGRAFO SEGUNDO. – EL CLIENTE se obliga a custodiar diligentemente las claves seguras, es decir, la clave secreta y la OTP que le sea asignada por el sistema de Ding. EL CLIENTE asume el deber de diligencia y el cuidado en cuanto a la protección de la clave secreta y la OTP respecto de terceros, por lo que Ding no será civilmente responsable, cuando por culpa de EL CLIENTE o la de sus dependientes o representantes, se produzca un pago o se materialice un traslado u otro tipo de operación en el que se comprometan recursos de EL CLIENTE con base en fraudes.

PARÁGRAFO TERCERO. – EL CLIENTE se obliga a emplear el máximo de diligencia y cuidado durante la operación y manejo de su Depósito Electrónico, el empleo de los cajeros automáticos o de cualquier otro medio electrónico dispuesto por Ding para la disposición de fondos en las condiciones señaladas en este Reglamento. Así mismo, EL CLIENTE manifiesta que conoce las condiciones de seguridad del Producto, las cuales se encuentran disponibles para consulta en la página web [www.ding.co][7]

Sección 2.6 Compras en Establecimientos de Comercio:

Es potestativo de los establecimientos de comercio admitir o no el uso del Depósito Electrónico de Ding para realizar operaciones o transacciones. El CLIENTEconoce y acepta que cualquier reclamación relacionada con la cantidad, calidad, marca, prestación o cualquier otro aspecto de las mercancías o servicios que adquiera u obtenga con el uso del Depósito Electrónico deberá ser tramitada por EL CLIENTE ante el respectivo establecimiento de comercio según la normatividad vigente.

Sección 2.7 Intereses:

Ding no reconocerá intereses sobre los Depósitos Electrónicos (en el evento en que Ding decida reconocer intereses sobre ciertos o todos los Depósitos Electrónicos, lo informará a través de [www.ding.co][8]o por el canal que la ley o Ding determinen).

Sección 2.8 Tarifas:

Ding podrá cobrar a EL CLIENTE por los servicios que haya solicitado y/o autorizado, y que estén asociados al Depósito Electrónico, las tarifas informadas previamente a EL CLIENTE. Ding podrá incrementar las tarifas que cobra a EL CLIENTE, las cuales se le darán a conocer a través de [www.ding.co][9] o por el canal que la ley o Ding determinen con una antelación de cuarenta y cinco (45) días calendario antes al día en que se efectúe el incremento.

PARÁGRAFO: En el evento en que EL CLIENTE no estuviere de acuerdo con la modificación a las tarifas propuesta por Ding, deberá comunicárselo oportunamente a Ding, dentro del plazo señalado anteriormente  (¿45dias?), a través de la solicitud hecha en el contact center, teniendo la opción de cancelar y desactivar el Depósito Electrónico sin que haya lugar a penalidad o cargo alguno. Vencido el término que se refiere la presente sección sin que EL CLIENTE manifieste su inconformidad o desacuerdo con el incremento propuesto, se entenderá su aceptación tácita.

Sección 2.9 Autorización de Débito:

EL CLIENTE autoriza a Ding a debitar de su Depósito Electrónico y compensar por los servicios que haya autorizado y le sean prestados, tales como el uso de los canales, los recaudos, depósitos, transferencias, débito automático, consignaciones y demás operaciones y servicios asociados al Producto, de conformidad con las tarifas que establezca Ding. EL CLIENTE autoriza expresamente a Ding para debitar de cualquier Depósito que posea en Ding o cualquier cuenta corriente, de ahorro o cualquier otra cuenta, depósito o suma que individual, conjunta o alternativamente posea en cualquier otra entidad financiera, así como para cargar contra cualquier cupo de crédito que tenga en cualquier otra entidad financiera, cualquier suma que llegare a adeudar EL CLIENTE directa o indirectamente a Ding, por cualquier concepto y de cualquier naturaleza derivada de los servicios efectivamente prestados por Ding, o frente a los valores que hayan sido abonados al Producto por error o que no le pertenezcan. Así mismo, EL CLIENTE autoriza expresamente y de manera irrevocable a Ding para: (i) debitar de su Depósito Electrónico los valores que por cualquier concepto le deba a Ding en calidad de deudor, derivados del presente Reglamento, y/o de aquellas operaciones o transacciones de retiro o transferencia que haya realizado EL CLIENTE sin tener los fondos suficientes para dicho retiro o transferencia; (ii) debitar de su Depósito Electrónico los valores que EL CLIENTE le adeude a Ding o a un tercero que sean derivadas de aquellas operaciones que, dentro del servicio de adquirencia prestado por Ding, deban ser revertidas o contracargadas; y (iii) que reverse las transacciones y/o retenga, reintegre, debite o bloquee los recursos que se hayan acreditado en su Depósito de manera errónea o fraudulenta, a criterio de Ding. Agotado el procedimiento señalado en el numeral (5) de la Sección 2.11, Ding procederá a debitar y compensar dichas sumas de dinero, siempre que se cumplan los siguientes presupuestos: 1) Que sea deuda de dinero. 2) Que la deuda sea líquida; y 3) Que la deuda sea exigible al momento de realizar el débito de los recursos del respectivo Depósito Electrónico de EL CLIENTE.

PARÁGRAFO. – En caso de que no sea posible el reintegro de los dineros, EL CLIENTE se obliga a devolverlos a Ding dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud realizada por Ding sin necesidad de requerimientos adicionales autorizando de manera irrevocable al Ding a debitar el valor respectivo de cualquier suma de dinero conforme lo establecido en la presente Sección. El incumplimiento de lo previsto anteriormente, dará lugar a que Ding inicie los procesos judiciales correspondientes con base en sus registros contables y lo dispuesto en el presente Reglamento.

Sección 2.10 Información de Movimientos:

Ding pondrá a disposición de EL CLIENTE, de forma continua, la información sobre su Depósito Electrónico, entre ellas, pero sin limitarse: extractos sobre el movimiento de su Producto, la, periodicidad, forma de liquidar rendimientos, tasa de interés efectiva reconocida sobre el saldo durante el periodo cubierto (en caso que aplique), reporte anual de costos, entre otros reportes de información. Todo lo anterior será informado y/o enviado a través de la página web [www.ding.co][10] y/o su dispositivo móvil, y/o al correo electrónico de EL CLIENTE asociado al Producto, en caso que se autorice habilitar este canal adicional. Sin perjuicio de lo anterior, Ding remitirá de forma electrónica un extracto mensual de los movimientos realizados con el Producto en el correo informado por el CLIENTE.

PARÁGRAFO. – EL CLIENTE y Ding aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros magnéticos y/o las constancias de las llamadas telefónicas para pagos, retiros o transferencias, los comprobantes contables y/o los registros magnéticos que contengan los datos de las operaciones realizadas o las cantidades allí consagradas, sea que se trate de operaciones efectuadas a través de cajeros automáticos o establecimientos afiliados a Ding o de cualquier otro medio electrónico dispuesto por Ding.

Sección 2.11 Derechos y Obligaciones de El Cliente:

EL CLIENTE gozará y tendrá los derechos y las obligaciones establecidas expresamente en la Ley 1328 de 2009 y en aquellas normas que la desarrollen, modifiquen, adicionen o sustituya de los cuales se desprenden, entre otros: (1) El derecho de recibir de parte de Ding el Producto en estándares de seguridad y calidad exigidos por la normatividad vigente; (2) Exigir a Ding la debida diligencia en la prestación del Producto y demás servicios contratados con éste; (3) Recibir una adecuada educación respecto de las diferentes formas de manejo y riesgos  de los Depósitos Electrónicos, así como de los demás servicios ofrecidos por Ding, los costos que se generan sobre los mismos, sus derechos y obligaciones como usuario o consumidor financiero de Ding. Esta información se publicará a través de la página web [www.ding.co][11]  o a través de las comunicaciones informativas que de tiempo en tiempo realice Ding; y (4) Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas, reclamos o felicitaciones a través de los canales y bajo los procedimientos de atención dispuestos por Ding señalados en la página web [www.ding.co][12], o a través el defensor del Consumidor Financiero o la Superintendencia Financiera de Colombia.El CLIENTE tendrá los demás derechos establecidos en este Reglamento y demás normas concordantes.

EL CLIENTE se obliga a: (1) Asignar diligentemente la clave secreta para el manejo de su Depósito Electrónico; (2) Abstenerse de dar a conocer a terceros las claves seguras, es decir, la clave secreta y la respectiva OTP, esta última que le sea asignada por el sistema de Ding; (3) No permitir la utilización de los canales destinados al manejo del Depósito Electrónico por parte de terceros; (4) En caso de pérdida del dispositivo móvil o de la sim card a través del cual opera el Depósito Electrónico, deberá notificar inmediatamente al operador de telefonía móvil, con el fin de bloquear el dispositivo; así como informar inmediatamente a Ding de tal situación; (5) Reintegrar a Ding, dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha de notificación de Ding efectuada por el medio o canal autorizado, los valores que se hayan abonado de manera equivocada a su Depósito Electrónico, o que EL CLIENTE haya retirado o transferido por cualquier error o por fallas del sistema, sin tener los fondos necesarios para dicho retiro o transferencia. En el evento en que EL CLIENTE no reintegre los valores de forma inmediata, se obliga a reconocer sobre los mismos a favor de Ding los intereses legales a la tasa máxima permitida y demás gastos en que se incurra para recuperar dichas sumas. EL CLIENTE podrá ejercer su derecho a la defensa, dentro del plazo señalado anteriormente, a través de los canales de atención de Ding dispuestos para tal fin, cuando quiera que, a su juicio, los valores abonados a su Depósito Electrónico han sido consignados de manera correcta o soportada, para lo cual deberá aportar prueba siquiera sumaria de tal circunstancia. En este evento, Ding procederá a evaluar las pruebas aportadas y resolverá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, rectificar, o modificar o revocar la solicitud de restitución de recursos a cargo de EL CLIENTE; (6) Mantenerse informado sobre su Producto, consultando los requisitos de vinculación, tarifas y las condiciones de y de seguridad del mismo, puestas a su disposición en [www.ding.co][13]; (7) Suministrar la información y documentación que requiera Ding; (8) Actualizar la información entregada a Ding, en los eventos en que Ding lo requiera; y (9) Pagar los servicios que haya autorizado y se hayan prestado por parte de Ding.

Sección 2.12 Derechos y Obligaciones de Ding

Ding tendrá derecho a: (1) Solicitar información adicional, o actualizada, a aquella que se encuentra en los archivos de Ding; (2) Percibir las comisiones y honorarios a que haya lugar a las tarifas publicadas y previamente informadas a EL CLIENTE; (3) Reconocer o no intereses sobre varios o todos los Depósitos Electrónicos; y (4) Detener una transacción de débito y solicitar la confirmación con EL CLIENTE sobre una o varias transacciones realizadas con los recursos disponibles en el Producto, cuando tales transacciones no correspondan al perfil transaccional de EL CLIENTE.

Ding se obliga a: (1) Actuar conforme los estándares de seguridad y calidad establecidos en  la normatividad vigente; (2) Realizar la entrega de los recursos provenientes de abonos, pagos y transferencias de dineros en los correspondientes Depósitos Electrónicos, así como entregar los dineros que haya sido retirados o debitados de los respectivos Depósitos Electrónicos, en los términos definidos por Ding e informados en [www.ding.co][14](3) Suministrar información clara, comprensible, veraz y oportuna sobre el Depósito Electrónico; (4) Suministrar información sobre las tarifas y costos asociados a los Productos; (5) Suministrar información, según la normatividad vigente, sobre el seguro de depósito que ampara a los Depósitos Electrónicos, otorgado por FOGAFIN; (6) Guardar la reserva de la información suministrada por EL CLIENTE que tenga el carácter de reservada, de acuerdo con la normatividad vigente, sin perjuicio de poder suministrarla ante el requerimiento de autoridad competente, o en virtud de una autorización de divulgación de tal información que haya sido otorgada previamente por EL CLIENTE mediante documento separado; (7) Dar respuesta oportuna a las solicitudes, quejas y reclamos formulados por EL CLIENTE, de acuerdo con el procedimiento y términos establecidos por la ley, a través de los canales de atención establecidos por Ding, señalados en la página de Internet [www.ding.co][15] ; (8) Entregar a EL CLIENTE la suficiente información sobre el Defensor del Consumidor Financiero, así como los canales de atención para la presentación de peticiones, quejas, reclamos y felicitaciones; (9) Cumplir las demás obligaciones que se encuentren dentro del Reglamento y las que estén contempladas en la normatividad vigente; y (10) En el evento que Ding decida reconocer intereses sobre el o los Depósitos Electrónicos, informará la tasa de interés de captación a través de la página de Internet [www.ding.co][16] o por el canal que la ley o Ding determinen.

Sección 2.13 Amparo de los Depósitos Electrónicos

Los Depósitos Electrónicos se encuentran amparados por el seguro de depósito administrado por FOGAFIN, en los términos y condiciones que haya definido la Junta Directiva de dicha entidad.

Sección 2.14 Duración y Terminación del Depósito Electrónico

El Depósito Electrónico tendrá un término indefinido. No obstante, cualquiera de las partes puede darlo por terminado en cualquier tiempo; en este caso, EL CLIENTE deberá disponer de la totalidad del saldo disponible en su Producto. Ding podrá dar por terminado el Depósito Electrónico en cualquier tiempo, con base en causales objetivas y razonables, tales como: (1) Cuando no haya fondos en la cuenta de Depósito Electrónico durante tres (3) meses consecutivos; (2) Ante el incumplimiento de las obligaciones por parte de EL CLIENTE; (3) En caso de que EL CLIENTE no suministre o no actualice de manera oportuna la información que requiera Dings para el cumplimiento de sus deberes legales o cuando Ding no pueda verificar dicha información; (4) Cuando EL CLIENTE esté relacionado con una de las situaciones mencionadas en la Cláusula Sección II.15 del Artículo 2; y (5) En caso que EL CLIENTE suministre información falsa acerca de su identidad, actividad económica, o aquella información requerida por Ding o por la normatividad vigente.

PARÁGRAFO. – Cuando Ding decida dar por terminado el Depósito Electrónico, dará aviso a EL CLIENTE mediante un mensaje de texto al dispositivo móvil asociado al Producto y una notificación al correo electrónico informado por EL CLIENTE. En este evento, el Depósito Electrónico se entenderá terminado pasados cinco (5) días hábiles a partir del envío de la notificación. Transcurrido este plazo, Ding llevará el saldo del Depósito Electrónico al rubro contable que corresponda, a nombre de EL CLIENTE; tales dineros no causarán intereses, ni actualización monetaria. En caso de que el Depósito Electrónico presente saldos inactivos durante un periodo ininterrumpido de tres (3) años, sin consideración a la cuantía de los mismos, este será tratado y transferido a las cuentas de la(s) entidad(es) designada(s) por la Ley.

Sección 2.15 Listas Restrictivas

EL CLIENTE conoce, entiende y acepta de manera voluntaria e inequívoca que Ding, en cumplimiento de su obligación legal de prevenir y controlar el lavado de activos y la financiación del terrorismo, y siguiendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia, por considerarlo una causal objetiva, podrá terminar y/o bloquear, unilateralmente y sin previo aviso, el contrato de Depósito Electrónico dando aplicación a los términos de la cláusula anterior, o bloquear los saldos del Producto, cuando su nombre haya sido incluido en listas internacionales tales como ONU y OFAC (Office of Foreign Assets Control), ésta última comúnmente llamada lista Clinton. Así mismo, podrá darlo por terminado cuando EL CLIENTE, persona natural o jurídica: (1) Registre en su Producto como autorizado o apoderado a una persona incluida en cualquiera de estas listas; (2) Las autoridades competentes le inicien una investigación o lo hayan condenado por conductas relacionadas con actividades ilícitas y/o relacionadas con el lavado de activos, la financiación del terrorismo y/o cualquiera de los delitos conexos de los que tratan el Código Penal colombiano y/o las normas que lo modifiquen, adicionen o complementen; y (3) Cuando se detecten transacciones y/o una relación comercial entre EL CLIENTEy una persona incluida en las mencionadas listas y/o vinculadas con las actividades ilícitas descritas en la presente cláusula.

PARÁGRAFO PRIMERO. – Sin perjuicio de lo anterior, cuando EL CLIENTEsea una persona jurídica, Ding podrá terminar unilateralmente el contrato si cualquiera de sus vinculados,entre otros, sus representantes legales, socios, contadores, revisores fiscales, y/o administradores sea vinculado por las autoridades nacionales y/o internacionales con las conductas anteriormente descritas y/o incluido en cualquiera de las listas mencionadas en esta Cláusula. Se entenderá por administrador el representante legal, el liquidador, elfactor, los miembros de juntas o consejos directivos y quienes de acuerdo con losestatutos y la ley ejerzan o detenten esas funciones.

PARAGRAFO SEGUNDO. – Cuando laterminación unilateral del Depósito Electrónico corresponda a las circunstancias descritas en lapresente Cláusula, Ding procederá a comunicar a EL CLIENTEla cancelacióninmediata del Depósito Electrónico, mediante un mensaje de texto al dispositivo móvil asociado alProducto, o por cualquier otro medio idóneo para el efecto, sin que opere el previo avisode cinco (5) días hábiles señalado en el presente Reglamento.

Sección 2.16 Bloqueo del Producto

Ding procederá a bloquear el Depósito Electrónico cuando reciba una orden de embargo o de bloqueo o retención de fondos por parte de autoridad administrativa o judicial competente. Adicionalmente, EL CLIENTE autoriza a Ding para bloquear el Depósito Electrónico ante la eventual ocurrencia de conductas que ameriten investigaciones por parte de las autoridades y/o adelantadas por Ding, en desarrollo de su deber legal de debida diligencia y de prevención de actividades delictivas, lavado de activos y cooperación con las autoridades, así como por la existencia de causales objetivas y razonables que permitan deducir que a través del Depósito Electrónico se están desarrollando actividades delictivas, de lavado de activos, o transacciones fraudulentas. En el evento que existan causales objetivas y razonables a juicio de Ding que le permitan considerar que el Depósito Electrónico está siendo utilizado para realizar transacciones fraudulentas, Ding bloqueará la transacción y el saldo disponible en el Producto, y   notificará inmediatamente al CLIENTE de tal circunstancia para que éste pueda confirmar la realidad y autenticidad de tales transacciones. No obstante, lo anterior, el Depósito Electrónico será inembargable en la cuantía que señale la ley. Lo anterior, sin perjuicio de las excepciones expresamente consagradas en la normatividad vigente.

Sección 2.17 Modificaciones al Reglamento

Ding se reserva el derecho de modificar, limitar, suprimir o adicionar los términos y condiciones del Reglamento en cualquier tiempo. Las modificaciones, limitaciones, supresiones o adiciones al Reglamento se informarán mediante publicación en la página web [www.ding.co][17], la notificación en la aplicación, o por cualquier otro medio que se estime eficaz para tal fin con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles a la fecha en que entren en vigencia tales modificaciones. En caso que EL CLIENTE no esté de acuerdo con las modificaciones realizadas al Reglamento, EL CLIENTE podrá dar por terminado el presente contrato de Depósito Electrónico, mediante la presentación de solicitud de terminación del Producto, a través del contact center, dentro de los  diez (10) días calendario siguientes, contados a partir de la respectiva publicación de las modificaciones del Reglamento.

EL CLIENTE entiende y acepta que posterior a la fecha de publicación de las modificaciones del Reglamento, EL CLIENTE podrá aceptar o rechazar las modificaciones propuestas al reglamento. Para continuar utilizando el Depósito Electrónico deberá aceptar las modificaciones que Ding realice sobre el Reglamento.

Sección 2.18 Autorización tratamiento de Datos Personales

Los lineamientos, parámetros y alcance de la autorización del tratamiento de datos personales, su finalidad y su revocatoria están contenidos en documentos aparte, los cuales hacen parte integral del presente Reglamento, denominados “Autorización de Tratamiento de Datos Personales.

Sección 2.19 Declaraciones de El Cliente

EL CLIENTE declara que la información que ha suministrado es cierta y exacta. Adicionalmente, declara que ha sido informado por parte de Ding que cualquier falta a la verdad o inexactitud en la información suministrada constituye una causal objetiva para la terminación unilateral de este Reglamento. Así mismo, EL CLIENTE declara que ha sido informado por parte de Ding de la suscripción de los acuerdos de intercambio de información, bajo los términos de la Ley FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) y de CRS (Common Reporting Standard) de la OCDE (Organización de Cooperación y Desarrollo Económico). En consecuencia, EL CLIENTE autoriza para que, en cumplimiento de dichos acuerdos, se reporte a la autoridad competente su información financiera y transaccional cuando se determine su calidad U. S Person al Gobierno de los EE. UU, Departamento de Servicios de Rentas Internas de Estados Unidos (IRS) o al ente fiscal en cualquier país diferente a Colombia o a cualquier entidad gubernamental designada para la consolidación de esta información a través del mecanismo establecido para tal efecto. Lo anterior, con el fin de garantizar que se pueda identificar y aplicar los correspondientes tributos fiscales. Adicionalmente, EL CLIENTE se compromete a informar inmediatamente a Ding cualquier cambio de circunstancias en su información, que puedan afectar su calificación o la de su Producto como reportables en cumplimiento de los acuerdos de intercambio de información tributaria mencionados.

Artículo 3. TRÁMITE DE APERTURA SIMPLIFICADO

Sección 3.1. Procedimiento Apertura:

La solicitud de apertura del Depósito Electrónico que sea realizada bajo trámite simplificado, únicamente será procedente para personas naturales. Dicha solicitud podrá ser adelantada por EL CLIENTE a través de la aplicación móvil o la página web de Ding[www.ding.co][18]

Sección 3.2 Información Requerida

Para la apertura y activación del Depósito Electrónico, a través del trámite simplificado, se requiere suministrar el nombre, tipo de documento de identificación, número del documento de identidad, fecha de expedición del documento de identidad, así como aquella información adicional que sea requerida por Ding, o la normatividad vigente.

Sección 3.3 Límites en la Cuantía

EL CLIENTE solo podrá llevar a cabo las operaciones establecidas por Ding, hasta por los siguientes límites: (1) el saldo máximo del Depósito Electrónico no podrá exceder los 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Por lo tanto, si el Depósito Electrónico llega a recibir una transferencia o traspaso que implique que el saldo supere este límite, el sistema automáticamente impedirá dicha transferencia; y (2) el monto acumulado de las operaciones de débito o transferencia desde el Depósito Electrónico que sean realizadas en un mes calendario no podrá superar los 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Por lo tanto, una vez se llegue a este límite, el sistema automáticamente bloqueará las operaciones de débito o transferencia habilitándolas de nuevo el primer día hábil del mes siguiente.

PARÁGRAFO. – En caso que EL CLIENTE pretenda realizar operaciones o transacciones que excedan los límites establecidos en la Cláusula anterior, EL CLIENTE podrá adelantar el Trámite Ordinario (ver Artículo 4), para efectuar operaciones que no estén sujetas a los límites en la cuantía que trata la presente Sección.

Sección 3.4 Canalización de Subsidios Estatales

El Depósito Electrónico que sea constituido y activado a través del trámite simplificado podrá ser susceptible de canalizar los recursos provenientes de programas de ayuda y/o subsidios otorgados por el Estado colombiano, sin importar los límites en la cuantía señalados en la Cláusula anterior. Sin embargo, en caso que EL CLIENTE reciba recursos provenientes de programas de subsidios o beneficios otorgados por el Estado colombiano y que con aquellos derivados de los subsidios o beneficios el saldo del Depósito supere el límite previsto en la Sección 3.3 anterior, se deberá adelantar el trámite de apertura ordinario señalado en el Artículo 4 (Trámite de Apertura Ordinario). La disponibilidad de este servicio será informada a través de la página web [www.ding.co][19], la notificación en la aplicación, o por cualquier otro medio que se estime eficaz para tal fin.

Artículo 4. TRÁMITE DE APERTURA ORDINARIO

Sección 4.1 Procedimiento Apertura

La solicitud de apertura del Depósito Electrónico que sea realizada a través trámite ordinario será procedente para personas naturales o jurídicas. Dicha solicitud podrá ser adelantada por EL CLIENTE a través de la aplicación móvil, la página web de Ding [www.ding.co][20] o por mecanismos presenciales para clientes o aliados estratégicos.

Sección 4.2 Información Requerida

Para la apertura y activación del Depósito Electrónico se requiere contar con la información contenida en el documento de identificación y demás datos requeridos por Ding, que como mínimo serán: documento de identificación del Representa Legal, el NIT, RUT y el Certificado de Existencia y representación o los documentos que acreditan la existencia de la persona jurídica y su representación que tenga una antigüedad no mayor a un (1) mes de expedición, y en los casos que sean necesarios, la autorización del órgano social competente y los adicionales que exija la normatividad vigente, cuando se trate de personas jurídicas. Cuando se trate de personas naturales, se requiere suministrar el nombre, tipo de documento de identificación, número del documento de identidad, fecha de expedición del documento de identidad, así como aquella información adicional que sea requerida por Ding, o la normatividad vigente.

Sección 4.3 Conocimiento de El Cliente y SARLAFT

Durante el trámite de apertura del Producto mediante el trámite ordinario, Ding podrá someter a EL CLIENTE a métodos de verificación de la identidad de EL CLIENTE, en cuanto a la información reportada en el sistema financiero colombiano. Adicionalmente, deberá suministrar a Ding la información relacionada con la o las actividades económicas, información demográfica, y toda aquella información adicional que sea requerida por Ding, o la normatividad vigente.